Alivio adicional del IRS para víctimas de huracán Ida: plazos del 15 de septiembre y 15 de octubre, otras fechas extendidas hasta el 3 de enero para partes de Connecticut

IR-2021-213SP, 3 de noviembre de 2021

WASHINGTON — Las víctimas del huracán Ida en partes de Connecticut ahora tienen hasta el 3 de enero de 2022 para presentar varias declaraciones de impuestos individuales y comerciales y efectuar pagos de impuestos, anunció hoy el Servicio de Impuestos Internos.

Después de la declaración de desastre del 30 de octubre por la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA), el IRS está ofreciendo este alivio a aquellas partes del estado designadas para asistencia individual o pública. Actualmente, esto incluye los condados de Fairfield y New London, también incluye las naciones tribales Mashantucket Pequot y Mohegan. Cualquier jurisdicción agregada a la declaración de FEMA recibirá automáticamente el alivio del IRS. La lista actual de localidades elegibles siempre está disponible en la página de alivio en situaciones de desastre en IRS.gov.

El alivio tributario pospone varios plazos de presentación y pago de impuestos que ocurrieron a partir del 1ro de septiembre del 2021. Como resultado, las personas y empresas afectadas tendrán hasta el 3 de enero de 2022 para presentar sus declaraciones y pagar los impuestos que adeudaban originalmente durante este período. Esto significa que las personas que tenían una prórroga para presentar su declaración de 2020 que vence el 15 de octubre de 2021, ahora tendrán hasta el 3 de enero de 2022 para presentarla. Sin embargo, el IRS señaló que debido a que los pagos de impuestos relacionados con estas declaraciones de 2020 vencieron el 17 de mayo de 2021, esos pagos no son elegibles para este alivio.

La fecha límite del 3 de enero de 2022 también se aplica a los pagos de impuestos estimados trimestrales que vencían el 15 de septiembre de 2021, y las declaraciones de impuestos trimestrales de la nómina e impuestos por uso y consumo que normalmente vencen el 1ro de noviembre de 2021. Las empresas con una fecha de vencimiento original o extendida también tienen el tiempo adicional, incluidas, entre otras, las sociedades colectivas y las sociedades anónima tipo S de año calendario cuyas extensiones de 2020 vencían el 15 de septiembre de 2021 y las corporaciones de año calendario cuyas extensiones de 2020 vencían el 15 de octubre de 2021. También aplica a las organizaciones exentas de impuestos, que operan en año calendario cuyas extensiones de 2020 vencían el 15 de noviembre de 2021.

Además, las multas sobre los depósitos de impuestos sobre la nómina y por uso y consumo adeudados a partir del 1ro de septiembre y antes del 16 de septiembre se reducirán siempre que los depósitos se efectuaron antes del 16 de septiembre de 2021.

La página del IRS de alivio en situaciones de desastre contiene detalles sobre otras declaraciones, pagos y acciones relacionadas con impuestos que califican para el tiempo adicional.

El IRS proporciona automáticamente alivio de presentación y multas a cualquier contribuyente con una dirección registrada con el IRS ubicada en el área del desastre. Por lo tanto, los contribuyentes no necesitan comunicarse con la agencia para obtener este alivio. Sin embargo, si un contribuyente afectado recibe un aviso de multa por presentación o pago tardío del IRS que tiene una fecha de vencimiento de presentación, pago o depósito original o extendida dentro del período de aplazamiento, el contribuyente debe llamar al número que aparece en el aviso para que se cancele la multa.

Además, el IRS trabajará con cualquier contribuyente que viva fuera del área del desastre, pero cuyos archivos necesarios para cumplir con una fecha límite que ocurra durante el período de aplazamiento estén ubicados en el área afectada. Los contribuyentes que califiquen para recibir esta ayuda y que vivan fuera del área del desastre deben comunicarse con el IRS al 866-562-5227. Esto también incluye a los trabajadores que ayudan en las actividades de auxilio y que están afiliados a una organización gubernamental o filantrópica reconocida.

Las personas y empresas en un área de desastre declarada por el gobierno federal que sufrieron pérdidas relacionadas con el desastre no aseguradas o no reembolsadas pueden optar por reclamarlas en la declaración del año en que ocurrió la pérdida (en este caso, la declaración del 2021 normalmente presentada el próximo año) o en la declaración para el año anterior (2020). Asegúrese de escribir el número de declaración de FEMA – DR-4629 – en cualquier declaración que reclame una pérdida. Consulte la Publicación 547 (SP) para obtener más detalles.

El alivio tributario es parte de una respuesta federal coordinada por el daño causado por el huracán Ida según las evaluaciones de daños locales proporcionadas por FEMA. Para obtener información sobre la recuperación de desastres, visite la página de DisasterAssistance.gov.